29/12/2022 Divorcio y separación
El primer requisito, aunque resulte una obviedad, es que el régimen económico del matrimonio sea el de sociedad de gananciales; por lo tanto, si hay separación de bienes, no hay nada que liquidar.
Disuelto el matrimonio, bien por divorcio o por fallecimiento de uno de los cónyuges, es necesario liquidar la sociedad de gananciales que existía entre ellos. Ello implica que tanto los bienes obtenidos como las deudas que hayan contraído han de repartirse a partes iguales entre ambos.
En los casos ...
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